Si usted recibe un aviso o una petición concerniente a una Solicitud de liberación de bienes
Un fiscal debe enviar un Aviso o Petición concerniente a una Solicitud de liberación de bienes a cualquiera que tenga derecho a los bienes. El aviso le dice a usted que el fiscal ha pedido transferir los bienes a otro estado o al gobierno federal. Si los bienes son transferidos, de conformidad con la ley de Utah, usted ya no tendrá derecho a que se le devuelvan los bienes.
Cuando usted recibe el aviso, usted tiene 10 días a partir de la fecha en que el Aviso le fue enviado por correo, para presentar una objeción a la transferencia de los bienes. No tenemos un formulario para eso, pero usted puede tratar de presentar ante el tribunal una respuesta a la petición. Para más información vea nuestra página sobre Respuesta a una demanda o petición. También debe enviar una copia de su respuesta al fiscal. Para más información vea nuestra página sobre Entrega formal de documentos.
Cuando usted presenta su respuesta, el tribunal programa una audiencia. En la audiencia el juez considerará las pruebas concernientes a si los bienes deben de ser transferidos a otra agencia o no, incluyendo cualquier dificultad extrema relacionada con la transferencia.
Código de Utah 77-11a-205.
Si usted recibe un Aviso de intención de solicitar el decomiso
Un Aviso de intención de solicitar el decomiso le dice a usted que la agencia ha solicitado que los bienes sean decomisados, lo que quiere decir que se convertirán en propiedad del estado y que usted ya no tendrá derecho a ellos. La agencia que está reteniendo los bienes incautados le enviará el aviso a usted, a cualquiera que tenga participación accionaria, y a cualquier individuo o entidad que afirme tener un reclamo sobre cualquiera de los bienes incautados para el decomiso. La agencia que está reteniendo los bienes incautados debe buscar en registros públicos los nombres y direcciones de aquellos que retengan participación sobre los bienes.
Los bienes en el aviso no podrán ser vendidos o de alguna manera transferidos sino hasta que el juez emita una orden final para que los bienes sean decomisados o para desestimar acciones de decomiso. La agencia tiene la obligación de enviar el Aviso de intención de solicitar el decomiso a más tardar 45 días después de que los bienes son incautados.
Código de Utah 77-11b-201.
El fiscal debe revisar el aviso y, dentro de un periodo de 75 días de haberse incautado los bienes, denegar o aceptar la solicitud escrita de la agencia, para que el fiscal inicie el caso de decomiso. Lo que sucede enseguida depende de lo que haga el fiscal. Si el fiscal:
- Empieza un caso penal presentando una acusación o documento acusatorio, los bienes pueden ser retenidos como pruebas.
- Presenta una demanda para el decomiso civil de activos, a usted le harán entrega formal de la demanda.
- Presenta una petición para transferir los bienes a otra agencia, a usted le harán entrega formal de la petición.
- Presenta una petición pidiendo una prórroga de la fecha límite, ellos tendrán 21 días adicionales para tomar una decisión sobre qué hacer con los bienes.
Código de Utah 77-11b-203.
Si usted recibe una Demanda para decomiso civil de activos
Una demanda para el decomiso civil de activos le pide al juez que termine cualquier derecho o reclamo legal que usted tenga sobre los bienes incautados. Usted tiene 30 días para presentar ante el tribunal una respuesta a la petición. Para más información vea nuestra página sobre Respuesta a una demanda o petición. Usted también debe enviar una copia de su respuesta al fiscal del caso. Para más información vea nuestra página sobre Entrega formal de documentos.
Después de que usted presenta una respuesta, lo que sucede a continuación depende del valor de los bienes:
- Si los bienes son valuados en menos de $10,000, los bienes le deben ser devueltos a usted si el fiscal en el caso no ha presentado un caso penal por el delito relacionado con los bienes dentro de un periodo de 60 días a partir de que el fiscal hizo entrega formal de la demanda, o si dicho fiscal no ha solicitado al tribunal una prórroga.
- Si los bienes son valuados en más de $10,000, el caso puede involucrar intercambio de pruebas y un juicio si fuera necesario.
En un juicio, sus bienes serán decomisados si el fiscal puede demostrar con pruebas contundentes que usted:
- cometió el delito que tiene que ver con los bienes o
- supo del delito que hizo a los bienes susceptibles al decomiso y permitió que los bienes fueran usados para promover la comisión del delito o
- adquirió los bienes al momento en que se cometía el delito que tiene que ver con los bienes o
- no hay fuente probable para la compra o adquisición de los bienes que no sea la comisión del delito que tiene que ver con los bienes.
El Juez también debe determinar que el decomiso es proporcionado. Vea la sección sobre Proporcionalidad
Si usted es absuelto del delito relacionado con los bienes entonces los bienes le serán devueltos. Si los bienes ya han sido desechados entonces se le será dará dinero por el valor de los bienes.
La acción de decomiso civil puede ser transferida a una acción de decomiso penal en cualquier momento después de que un fiscal presente un caso penal por un delito que tenga que ver con los bienes.
Código de Utah 77-11b-302.
Cómo solicitar la liberación de los bienes debido a dificultades extremas
Usted puede pedir al juez que le entregue los bienes y se omita un juicio si usted puede demostrar una dificultad extrema. Usted puede solicitar esto con la presentación de una moción. Nosotros no tenemos los formularios para esto, pero usted puede usar nuestros formularios estándar de mociones, disponibles en nuestra página de Mociones. Usted presentaría su moción ante el tribunal y enviaría copias a las otras partes en el caso. Para más información vea nuestra página sobre Entrega formal de documentos.
Para demostrar dificultad extrema usted debe demostrarle al juez que:
- Usted tenía un interés posesorio en los bienes al momento de la incautación, y
- La posesión continua de los bienes por parte de la agencia en espera de un proceso de decomiso le causará a usted dificultades extremas, incluyendo:
- Impedirle que su negocio legitimo funcione
- Impedirle trabajar
- Impedir que algún niño(a) asista a la escuela
- Impedir u obstaculizar el que alguna persona reciba cuidados médicos necesarios
- Impedir el cuidado de un niño(a) o adulto dependiente que sea anciano o discapacitado
- Dejar a una persona en situación de calle O
- Cualquier otra situación que el juez determine que es una dificultad extrema, y
- La dificultad extrema por la posesión continuada de los bienes por parte de la agencia supera el riesgo de que los bienes sean destruidos, dañados, perdidos, ocultados, o transferidos si son devueltos a quien los reclama, mientras el proceso judicial está pendiente, y
- Los bienes no son contrabando – nada que sea ilegal poseer, como sería una sustancia regulada según el Código de Utah Titulo 58, Capítulo 37, La Ley de Utah de Sustancias Reguladas, y
- No es probable que los bienes serán usados para cometer delitos adicionales si le son devueltos a usted.
La determinación de dificultad extrema sustancial está fundamentada en el uso de los bienes antes de que fueran incautados.
Cuando usted presenta su moción, el tribunal programa una audiencia dentro de un periodo de 14 días. Después de la audiencia el juez emitirá una decisión a más tardar 20 días después de la audiencia. Si el juez está de acuerdo con usted ordenará que los bienes le sean devueltos inmediatamente. Pero el juez puede imponer restricciones sobre los bienes para conservarlos disponibles.
Código de Utah 77-11a-303.
Sus opciones para pedir la devolución de sus bienes incautados
Si la agencia que incautó sus bienes no toma alguna acción, ellos deben devolverle los bienes dentro de un periodo de 75 días. Ellos podrían devolverle sus bienes antes si el fiscal determina que no es necesario o adecuado retener los bienes. Usted también puede solicitar que le devuelvan sus bienes. Sus opciones dependerán de si usted es un propietario inocente o si tiene una participación accionaria sobre los bienes.
¿Es usted un propietario inocente? Usted debe haber sido el propietario de los bienes cuando se cometió el delito. Existen otros requisitos – conteste las siguientes preguntas para ver si es usted elegible para ser considerado un propietario inocente.