Divorcio

   ¿Qué es el divorcio?

Un divorcio pone fin a un matrimonio. Tras el divorcio, la pareja deja de estar casada. El juez emite un acta de divorcio. 

El acta puede abordar distintos aspectos. Visite alguna de las páginas siguientes para obtener información sobre:

 

   Antes de presentar la solicitud de divorcio

Para solicitar el divorcio en Utah, usted o su cónyuge deben haber vivido durante al menos 3 meses en un único condado de Utah en el momento previo a la presentación de la solicitud.

Código de Utah, sección 30-3-1.

Si usted requiere una orden de custodia para un menor de 18 años, por lo general el menor tiene que haber vivido en Utah con uno de los padres durante al menos 6 meses antes de presentar la solicitud. Hay excepciones. Nuestra página Cómo encontrar ayuda legal tiene recursos si usted los necesita.

Cuando usted pide el divorcio debe presentar al juez una razón para el mismo. Una razón puede ser que usted y su cónyuge tengan graves problemas matrimoniales que no se puedan resolver. A esto se le denomina diferencias irreconciliables.

Usted puede ver todas las otras razones para el divorcio en el Código de Utah 30-3-1(3).

Los costos y los gastos administrativos por un divorcio pueden variar. Estos pueden incluir:

  • Gastos administrativos por presentar la petición
  • Gastos administrativos del Programa Electrónico de Ayuda del Tribunal (OCAP, por sus siglas en inglés)
  • Costos administrativos de la Oficina de Registro Civil y Estadísticas Vitales (Office of Vital Records and Statistics)
  • Gastos administrativos para entregar formalmente la petición y el citatorio
  • Honorarios del abogado
  • Gastos de fotocopias
  • Costo de la Clase de Educación sobre el Divorcio y de la Clase de Orientación sobre el Divorcio en caso de que haya hijos menores de edad.

Si no puede pagar los costos, puede pedir al juez que le exonere las mismas. Para más información, consulte nuestra página sobre Exención del pago de los gastos administrativos.

La mayoría de los expedientes judiciales pueden ser consultados por cualquier persona. Sin embargo, a partir del 1 de abril de 2012, los registros de divorcio son privados.

Sólo ciertas personas pueden ver los registros de divorcio, por ejemplo

  • las personas que se divorcian
  • sus abogados

Pero las órdenes y las actas son públicas. Por ejemplo, si se aprueba una moción para la exención del período de espera de 30 días, esa orden es pública y cualquiera puede verla.

Cuando se presenta un documento privado, se debe indicar que el documento es privado. Para más información, consulte nuestra página sobre Registros públicos y no públicos.

Algunos datos son siempre privados, por ejemplo:

  • Números de seguro social
  • Fechas de nacimiento
  • Información que identifica a menores

Tenga cuidado de no incluir información privada en documentos públicos tales como órdenes judiciales.

   Pasos del proceso de divorcio

Consulte el Mapa para casos de divorcio para informarse sobre el proceso y los plazos.

El cónyuge que inicia el caso de divorcio es el peticionario. El otro cónyuge es el demandado.

Haga clic a continuación para ver una explicación de los pasos a seguir en un caso de divorcio.

Usted puede recurrir al Programa Electrónico de Ayuda del Tribunal (OCAP) para preparar la petición y los demás documentos de divorcio. Siga las instrucciones de OCAP.

Presente la petición ante el tribunal de distrito del condado donde usted o su cónyuge han vivido durante los últimos 3 meses. Para más información, visite nuestra página sobre Procedimientos de presentación.

Cuando presente la petición, el tribunal le dará un número de caso y el nombre del juez asignado.

Si tiene hijos menores de 18 años con su cónyuge, deberá asistir a algunas clases obligatorias en un plazo de 60 días a partir de la presentación de la petición. Hay un descuento si asiste a las clases presenciales dentro de los 30 días posteriores a la presentación. Infórmese sobre las clases en nuestra página Clases obligatorias para padres.

Es posible que necesite órdenes temporales mientras su caso está pendiente.

Las órdenes temporales cubren temas como:

  • Manutención de menores
  • Custodia
  • Régimen de visitas
  • Uso de la vivienda
  • Pago de deudas

Las órdenes provisionales duran hasta que el divorcio sea definitivo. Consulte los formularios y la información en nuestra página Cómo obtener una orden temporal.

Cuando usted presenta su petición, el tribunal emite automáticamente un interdicto de lo familiar. Se expide para evitar problemas mientras el caso está pendiente.

El interdicto dice que usted y su cónyuge no pueden:

  • acosarse el uno al otro
  • cambiar de seguro o de beneficiarios
  • transferir propiedades
  • hacer viajes largos con sus hijos menores de edad

Hay más reglas. Lea atentamente el interdicto.

El requerimiento judicial entra en vigor cuando usted presenta la petición. La orden es impuesta a su cónyuge en cuanto se le hace entrega. Para más información, consulte la página de Interdicto de lo familiar.

En un plazo no superior a 120 días desde la presentación de la demanda, el peticionario debe:

  • Hacer entrega formal al demandado de la demanda de divorcio, el citatorio y los documentos.
  • Presentar un formulario de Prueba de entrega formal al tribunal.

Esto se llama "entrega formal". Nuestra página Entrega formal de documentos contiene más detalles.

El demandado debe responder oficialmente a la petición de divorcio antes de la fecha límite. Esto se llama "presentar una respuesta".

Si la entrega formal se hace en Utah - la respuesta debe darse en un plazo de 21 días
Si la entrega formal se hace fuera de Utah - la respuesta debe darse en un plazo de 30 días

Consulte nuestra página sobre Cómo responder a una demanda o petición para más información.

Lea a continuación para ver cuál es el siguiente paso - dependerá de si el demandado contesta o no. 

Si tiene hijos menores de 18 años, ambos padres deben asistir a las siguientes clases:

  •  Clase de orientación sobre el divorcio
  •  Clases sobre crianza de los hijos

Infórmese sobre las clases en nuestra página Clases obligatorias para los padres.

Si sus hijos tienen entre 6 y 17 años, puede que deban cursar una clase gratuita en línea en la que se les enseñan estrategias para afrontar la transición del divorcio. El curso para niños lo imparten profesionales de la salud mental.

Inscriba a sus hijos visitando la página de Educación de menores sobre el divorcio en línea.

1. Asista a la reunión de gestión del caso

Esta es una audiencia con el juez para fijar un calendario para su caso.

El tribunal puede fijar fechas de:

El tribunal podría fijar otras fechas dependiendo de la complejidad de su caso.

Regla de Procedimiento Civil de Utah 100A

2. Intercambie su información
Usted y el demandado deben intercambiar información sobre el caso. Para más información y formularios, consulte la página web de Divulgaciones preliminares y la página web de Declaraciones financieras.

Puede que el demandado esté de acuerdo con los términos de la petición de divorcio. Esto se conoce como estipulación.

Si ambos están de acuerdo con todo, recurra a OCAP para hacer los trámites. OCAP permite hacer estipulaciones al presentar la demanda por primera vez o siempre que se llegue a un acuerdo.

Los documentos finales deben coincidir con lo que dice la estipulación. Si sus documentos finales dicen algo diferente, el juez podría rechazarlos. 

Siga las instrucciones de la Entrevista de Divorcio de la OCAP para formalizar su divorcio.


¿Han pasado 30 días desde que presentó su petición? 
La ley de Utah requiere que pasen 30 días desde la presentación hasta la finalización del divorcio. Esto se conoce como periodo de espera. 

Puede pedirle al juez que exonere el periodo de espera si hay circunstancias excepcionales. 

Obtenga información sobre cómo presentar una moción para exonerar el periodo de espera en la página Moción para exonerar el periodo de espera del divorcio.

Si el demandado no contesta antes de la fecha límite, usted puede pedir un fallo por incumplimiento. Es decir, usted obtiene lo que pidió en la demanda de divorcio.

También puede haber un fallo por incumplimiento si el demandado firmó un formulario de Aceptación de Entrega Formal, Comparecencia, Consentimiento y/o Renuncia.

Los documentos finales deben coincidir con lo que usted solicitó en su petición. Si los documentos finales no coinciden, el juez podría rechazarlos.

Obtenga los formularios de fallo por incumplimiento en la página Entrevista de Divorcio de OCAP. Algunos de los formularios, aunque no todos, también están disponibles en nuestra página sobre Fallos por incumplimiento

¿Han pasado 30 días desde que presentó su petición? 

La ley de Utah requiere que pasen 30 días desde la presentación hasta la finalización del divorcio. Esto se conoce como periodo de espera. 

Puede pedirle al juez que exonere el periodo de espera si hay circunstancias excepcionales. 

Obtenga información sobre cómo presentar una moción para exonerar el periodo de espera en la página Moción para exonerar el periodo de espera del divorcio.

 

Mediación obligatoria (si el demandado presenta una respuesta)

Si el demandado presenta una respuesta, generalmente usted deberá mediar para que su caso pueda proseguir. La mediación es una reunión en la que ambas partes intentan resolver sus diferencias mediante el diálogo con una tercera persona neutral, el mediador. Consulte nuestra página sobre Mediación en divorcios para más información.

Usted o el demandado pueden pedir al juez que se omita la mediación de ser necesario.  Obtenga los formularios y la información en nuestra página sobre Moción para omitir la mediación.

Si se llega a un acuerdo en la mediación, use la Entrevista de Divorcio de OCAP para la elaboración de los documentos finales.

Documentos finales

Es posible que la OCAP no le facilite todos los documentos que necesita para finalizar su caso. El resto de la documentación necesaria dependerá sobre todo de si tiene usted hijos o no. Puede acudir a estas listas de verificación para averiguar qué necesita:

Para ir a juicio

Los procedimientos siguientes sólo proceden si las partes no consiguen llegar a un acuerdo sobre lo que debe decir el acta de divorcio.

Evaluación de la custodia de los hijos

Usted o el demandado pueden solicitar una evaluación de custodia hecha por un evaluador profesional. El juez puede ordenar una evaluación de la custodia incluso sin que haya una moción de ninguna de las partes. La evaluación de custodia puede ser costosa. El costo suele dividirse entre usted y el demandado. Nuestra página sobre Evaluación de Custodia tiene más información.

Código de Administración Judicial de Utah 4-903.

Juicio

Consulte la página Preparación para ir a juicio para más información.

 

 Acta de divorcio

Las partes no están divorciadas hasta que el juez firme el acta. 

 

 Después del divorcio

Si usted no está de acuerdo con las decisiones del juez y cree que se cometió un error legal, puede apelar. Debe hacerlo en un plazo de 30 días a partir de la entrada en vigor del acta de divorcio. Lea nuestra página sobre Apelaciones para más información. 

Si hay un error tipográfico en el acta, tanto usted como el demandado pueden pedir al tribunal que corrija el acta. Por ejemplo, si se supone que el pago mensual de manutención de los hijos debe ser de $300 pero figura como $30. Nuestra página Moción para corregir un error tipográfico tiene información y formularios.

Usted o el demandado pueden pedir al juez que haga cumplir el acta de divorcio.

Tanto usted como el demandado pueden hacer cumplir órdenes temporales.

Nuestra página sobre Moción para hacer cumplir una orden tiene formularios e información. 

Para obtener una copia de su acta de divorcio, póngase en contacto con el tribunal que tramitó el caso de divorcio. Utilice el Directorio Judicial para informarse de los datos de contacto.

El tribunal cobra una tarifa por las copias. Existen algunos tipos especiales de copias por los que hay que pagar tasas adicionales:

Copia certificada

Una copia certificada de un expediente judicial está fechada, firmada y sellada por el Secretario Judicial. Ellos certifican que la copia es fiel al expediente judicial.

Copia ejemplificada

Un acta judicial ejemplificada es una copia autenticada de una copia certificada. El juez certifica que el tribunal es un tribunal de registro y que la firma del secretario que aparece en la certificación es original. A continuación, el secretario judicial certifica que se trata de un juez y que tiene control de las actas judiciales. El secretario judicial también declara que la firma del juez es auténtica. Esto podría ser necesario para registrar el acta en otro estado.

Apostilla

Una apostilla proporciona autenticación adicional. Algunos países extranjeros la exigen. En Utah, el vicegobernador proporciona esta autenticación. El Formulario de Solicitud de Apostilla está disponible en el sitio web del Vicegobernador.

Si tiene una buena razón, puede pedir al tribunal que invalide el acta y reabra su caso. Un miembro del servicio militar tiene derechos especiales de invalidación de un fallo por incumplimiento.

Vea nuestra página Moción para anular un acta para más detalles.

También puede leer más sobre Fallos por incumplimiento.

Formularios

Formularios para el peticionario

Formularios para el demandado

Solicitudes

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Documentos finales

Otros formularios