Modificación de una sentencia de divorcio

Introducción

Esta página incluye información y formularios para la modificación de una sentencia de divorcio final. Esta página aborda específicamente asuntos no relacionados con menores, tales como los concernientes a la división de fondos de jubilación. Para propósitos de este tipo de modificaciones, sólo puede modificarse una sentencia de divorcio emitida por tribunales de Utah. Usted podría necesitar modificar otros aspectos de su orden final.

Si usted necesita modificar:

 

¿Hubo un cambio sustancial y material en circunstancias?

 

Si usted desea que el juez modifique su sentencia de divorcio, debe probar que ha habido un cambio en las circunstancias desde el momento en que se emitió la sentencia de divorcio. El cambio puede involucrar a una o ambas partes, o a los hijos fruto del matrimonio.

Para modificar la pensión conyugal, debe haber un cambio sustancial y material en circunstancias que no consta explícitamente en en la sentencia de divorcio o en la determinación de hechos. El tribunal no modificará pensiones conyugales que respondan a necesidades de un beneficiario que no existían al momento en que se dictó la sentencia, a menos de que haya razones espaciales para dicha modificación.

Puede consultar la página de pensión conyugal  para ver qué es lo que el juez considera al momento de tomar decisiones sobre pensiones conyugales.

Modificar la pensión conyugal puede ser complicado si las partes no están de acuerdo. Es posible que usted desee asesorarse con un profesional autorizado. Consulte nuestra página Cómo encontrar ayuda legal para más información.

Si usted está solicitando un cambio a la pensión conyugal en su sentencia, es posible que desee informarse antes de proceder. 

Si la respuesta es sí, ¿los documentos de divorcio mencionan la jubilación? Lea atentamente la sentencia de divorcio, la determinación de hechos, y las conclusiones de derecho. ¿Dicen claramente que la jubilación no es un cambio sustancial y material en circunstancias? De ser afirmativo, usted no puede solicitar una modificación de la pensión conyugal basándose en la jubilación. De ser negativo, entonces usted puede solicitar el cambio.

Si el juez decidió en el divorcio que el cónyuge que recibiría la pensión conyugal podía ganar cierta cantidad de ingresos que era más de lo que estaba ganando en ese momento bajo Utah Code 81-4-503, entonces podría considerarse un cambio sustancial y material en circunstancias el hecho de que el beneficiario pruebe que ha hecho esfuerzos razonables para mejorar su situación laboral, y a pesar de ello ha habido barreras que han evitado una mejora significativa de la misma. En ese caso, el cónyuge beneficiario puede pedir al juez que revise la información sobre sus ingresos y modifique la pensión conyugal.

La pensión conyugal se rescinde si el beneficiario cohabita con otra persona después de la emisión de la orden de pensión conyugal, pero el otro cónyuge no puede simplemente dejar de pagar la pensión. Primero se debe probar ante un juez que sí ha habido convivencia. Cohabitar significa habitar junto a otras personas, o residir juntos de manera regular, en la misma residencia y en una relación amorosa o sexual. 

Una moción de anulación de la pensión conyugal por convivencia debe presentarse en un período no mayor a un año desde la fecha en que la parte se enteró o debería haberse enterado de que su excónyuge ha cohabitado con otra persona. La parte que solicita que el tribunal anule la pensión conyugal no tiene que probar que su excónyuge estaba cohabitando en la fecha en la que presenta la moción de anulación de la pensión conyugal.

No recurra a los formularios de esta página para ese tipo de solicitud. Consulte la página de Mociones para información sobre el proceso y los formularios genéricos relativos a mociones.


La pensión conyugal se anula si el beneficiario se vuelve a casar o fallece, a menos de que la sentencia de divorcio diga lo contrario. (Hay excepciones si se anula el nuevo matrimonio del beneficiario de la pensión)

Si la pensión conyugal de su caso terminó automáticamente, pero usted tiene una razón para solicitar una orden judicial que muestre que la pensión ha terminado, puede que usted desee consultar con un profesional autorizado para informarse sobre las opciones a su disposición y para saber si tiene que presentar una solicitud de modificación. Consulte la página Cómo encontrar ayuda legal para más información.

Proceso de modificación

Rellene los formularios

Cualquiera de las partes puede solicitar una modificación. La parte solicitante presenta los Formularios de la sección de abajo.

No importa quién haya solicitado la modificación, el solicitante en el caso original sigue siendo el solicitante, y el demandado en el caso original sigue siendo el demandado.

Interdicto de lo familiar

Cuando se presente una solicitud de modificación de la sentencia de divorcio, el tribunal automáticamente emite una orden llamada Interdicto de lo familiar. El interdicto es una orden judicial que requiere que las partes no se hostiguen entre sí, no cambien de seguro o la cobertura del beneficiario, transfieran propiedades, o hagan viajes no rutinarios con los hijos menores de edad de las partes mientras el caso esté pendiente. Hay prohibiciones adicionales en el interdicto, asegúrese de leerlo atentamente.

El interdicto entra en vigor para el solicitante cuando se presenta la Petición de Modificación. El interdicto entra en vigor para el demandado cuando el solicitante le hace entrega formal de una copia del interdicto. Consulte la página de Interdicto de lo familiar para más información.

Presente los documentos

La parte que solicita la modificación debe presentar los documentos en el mismo tribunal que dictó la sentencia. Los documentos tendrán el mismo número de caso que la sentencia. Para más información sobre la presentación de documentos, lea la página Procedimientos de presentación.

Haga entrega formal de los documentos

La parte que solicita la modificación debe hacer entrega formal a la otra parte de la solicitud de modificación de la sentencia de divorcio, la orden de comparecencia y otros documentos en un plazo no superior a 120 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Debe hacerse entrega formal de los documentos a la otra parte a través de los métodos descritos en la Ley 4(d) de Procedimiento Civil de Utah. La parte que solicita la modificación debe presentar ante el juez un comprobante de entrega formal de los documentos. Para más información sobre la entrega formal, consulte la página Entrega formal de documentos.

Las opciones de la otra parte

La otra parte tiene 21 días (si se le hizo entrega formal de los documentos en Utah) or 30 días (si la entrega formal ocurrió fuera de Utah) para responder o contestar a la solicitud de modificación de la sentencia de divorcio. Para más información, lea la página Respuesta a una demanda o petición
.

Si la otra parte...

Entonces...

Presenta una respuesta

El juez programará una conferencia de gestión del caso, lo cual se trata de una audiencia para agendar citas importantes para su caso. Estas citas pueden incluir:

Es posible que haya que programar otras citas – depende de qué tan complicado sea su caso.

Ley 100A de Procedimiento Civil de Utah.

Está de acuerdo con todo lo solicitado en la petición antes de la presentación, o si las partes llegan a un acuerdo después de la presentación

Consulte la sección sobre Estipulaciones a continuación.

No presenta una respuesta

Si se ha hecho entrega formal a la otra parte de manera apropiada y ésta no presenta una respuesta en el plazo específico delimitado en el citatorio, la parte que solicita la modificación podría pedir que su emita un fallo por incumplimiento. Esto significa que la parte solicitante recibe lo que pidió, y la otra parte no tendrá la oportunidad de contar su versión de la historia. Para más información, consulte la página sobre Fallos por incumplimiento.

 

 

Estipulación

Una “estipulación” es un acuerdo escrito que muestra que las partes están de acuerdo sobre todo lo que se solicitó en la petición de modificación de la sentencia de divorcio.

Las partes pueden estar de acuerdo sobre todo lo contenido en la petición de modificación de la sentencia de divorcio antes de que ésta se presente. En ese caso, las partes presentan una solicitud estipulada.

Si está usando los formularios de esta página web:

  • Seleccione la opción “y estipulación” en la primera página de la petición.
  • Ambas partes deben firmar la petición.
    • La parte que solicita la modificación firma en la penúltima página
    • La otra parte firma la última página, en la sección “Estipulación”

Las partes pueden llegar a un acuerdo después de haber presentado la solicitud, como resultado de una mediación u otro tipo de negociación.

Si está usando los formularios de esta página web:

  • Rellene una nueva Petición de modificación de la sentencia de divorcio. En la primera página, escriba “Enmendado” arriba de (“Petición de modificación de la sentencia de divorcio” y marque la opción “y Estipulación”.
  • Ambas partes deben firmar la Petición.
    • La parte que solicita la modificación firma en la penúltima página
    • La otra parte firma la última página, en la sección “Estipulación”

 

Orden temporal

De ser necesario, cualquiera de las partes puede pedir una orden temporal durante el proceso de modificación si se cumplen los requisitos de la Ley 106 de Procedimiento Civil de Utah. Para más información, incluyendo los formularios, consulta la página Cómo conseguir una orden temporal.

 

Solicitar un fallo por incumplimiento

Lea la página Fallo por incumplimiento para más información, incluyendo los formularios.

 

Ir a juicio

Lea la página Prepararse para ir a juicio para más información, incluyendo los formularios.

 

Formularios

Formularios para solicitar la modificación de la sentencia de divorcio

Formularios requeridos
  • Hoja de portada de los Tribunales de Distrito de Utah para casos de lo familiar - PDF Word 
  • Petición y estipulación para la modificación de la sentencia de divorcio - PDF | Word
    (si las partes están de acuerdo y firman la estipulación, únicamente deben presentar la petición, la estipulación, las determinaciones de hechos y conclusiones de derecho de la petición y la orden sobre la petición. Pueden presentarse todos estos documentos al mismo tiempo)
  • Orden de comparecencia
  • Prueba de entrega formal de los documentos
  • Notificación sobre obligaciones de divulgación en casos de lo familiar PDF  Word (Consulte la página Divulgaciones iniciales para más información)
  • Determinaciones de hechos y conclusiones de derecho de la petición de modificación de divorcio - PDF | Word
  • Orden sobre la petición de modificación de la sentencia de divorcio - PDF | Word
  • Notificación de fallo  PDF  Word 

Formularios para oponerse a la petición de modificación de la sentencia de divorcio

Formularios requeridos