Apelaciones en casos de Bienestar del Menor
Sinopsis
Apelaciones en casos de Bienestar del MenorEsta página explica los plazos y procedimientos de las apelaciones en casos de bienestar del menor y si es necesario les indica a las partes cómo obtener información adicional. |
Si desea apelar una decisión en un caso de Bienestar del Menor, siga estas instrucciones:
- Entregue un Aviso de Apelación de Bienestar del Menor - |
Debe entregar este documento en los 15 días siguientes al fallo del juez.
Asegúrese de firmarlo.
Entregue el aviso en el tribunal juvenil donde se llevó a cabo la decisión que usted está apelando. - Envíe una copia del Aviso de Apelación de Bienestar del Menor a todas las partes interesadas.
Si usted no entrega un Aviso de Apelación de Bienestar del Menor en los 15 días de plazo, perderá su derecho a apelar. El fallo del tribunal juvenil será una decisión final.
Código de Utah 78A-6-359, Regla 52 de Procedimientos Juveniles de Utah
¿Qué pasa después de presentar el Aviso de Apelación de Bienestar del Menor?
Usted tiene derecho a ser representado por un abogado de manera gratuita si no puede costearse uno. Se le asignará el abogado después de que entregue el Aviso de Apelación. Su abogado manejará su caso a partir de ahí.
Código de Utah 78A-6-359.
Manténgase en contacto con su abogado
Puede que su abogado tenga que hacerle preguntas. Si no puede comunicarse con usted, será más difícil para su abogado ayudarle con su apelación.
Plazos
La entrega del Aviso de Apelación de Bienestar del Menor es el primer paso en el proceso de apelación. Hay otras fechas límite de entrega que su abogado deberá cumplir.
Asunto |
Fecha límite |
Ejemplo |
---|---|---|
Presentación del Aviso de Apelación |
15 días después del fallo del tribunal juvenil |
16/ene/2020 |
Presentación de la contraapelación |
A más tardar, 5 días después de haber presentado el Aviso de Apelación |
|
Petición del documento de transcripción al secretario de apelaciones del tribunal juvenil. Envío de una copia de cortesía al secretario del tribunal de apelaciones |
4 días después del Aviso de Apelación |
20/ene/2020 |
Presentar la Petición de Apelación |
15 días después de que el fallo del tribunal juvenil haya sido entregado en el tribunal de apelaciones (el tribunal de apelaciones notificará a las partes implicadas cuando el fallo del tribunal juvenil haya sido admitido) |
|
Presentar Contestación |
15 días después de recibir la petición |
¿Permite el tribunal extensiones?
A veces, pero debe mostrar una buena causa o falta razonable. Deberá mostrar todo esto en una petición entregada bajo la "Norma de los procedimientos de Apelaciones de Utah 59 (a). Ley de Utah del Proceso de Apelación 59 (a). También deberá pedir la extensión antes de que el plazo de tiempo haya terminado.No hay extensiones para más de 10 días después de la fecha límite o 10 días de la fecha de entrada en vigor de la orden que acepta la petición, cualquiera que sea más tarde.
Si necesita más tiempo para entregar el aviso de apelación, entregue una petición de extensión en el tribunal juvenil.Si necesita más tiempo para entregar la petición de apelación, entregue una petición de extensión en el Tribunal de Apelaciones.
Puede reiniciarse mi periodo de 15 días para presentar una apelación, después de que se haya pasado la fecha límite?
Si ha perdido su derecho a presentar una apelación por razones ajenas a su voluntad, entonces puede presentar una Petición para Reinstaurar el Periodo de Entrega en un caso de Bienestar del Menor, usando el documento que aparece abajo. Si uno de los padres no tiene un abogado y es indigente, el tribunal juvenil le asignará un abogado.
La peticón debe:
- ser entregada dentro de los 45 días desde la entrada en vigor de la orden de terminación de derechos parentales o terminación de jurisdicción
- demostrar bajo preponderancia de las pruebas que el padre o madre fue deprivado del derecho de apelación por razones ajenas a su voluntad
- ser entregada formalmente en la oficina de la fiscalía y del abogado asignado al menor por el tribunal
¿Qué pasa después de presentar la petición de apelación?
El Tribunal de Apelaciones necesita recibir: la petición; la contestación, en caso de que haya una y el acta completa. Entonces el tribunal revisa los documentos, incluyendo lectura de las transcripciones y actas. Después de esa revisión, el tribunal puede resolver la apelación o puede pedir que se haga un informe completo en casos complicados.
¿Puedo apelar a la Corte Suprema?
Sí. El siguiente paso sería entregar una petición de revisión del fallo del Tribunal de Apelaciones. Usted tiene 30 días desde el fallo del Tribunal de Apelaciones para entregar la petición.
Formularios de Apelaciones Urgentes/ Reglas
Formularios e instrucciones
- Notificación de Apelación en casos de Bienestar del Menor - |
- Guía de apelación en un caso de Bienestar del Menor -
- Exención de los costos administrativos
- Petición de Transcripciones en casos de Bienestar del Menor (únicamente para uso de aquellas personas que no tengan acceso a una computadora) - |
- Certificación de que una transcripción no ha sido solicitada. |
- Certificación de la defensa de una búsqueda diligente. |
- Moción de una Extensión de Tiempo en el Tribunal de Apelación |
- Moción para reiniciar el tiempo para presentar una apelación en un caso de Bienestar del Menor. - PDF - Word
- Petición en una apelación (de Bienestar del Menor) |
- Petición de apelación de Bienestar del Menor |
- Contestación a la moción del tribunal de fallo sumario |
- Certificado de entrega formal de documentos (Casos de apelación) |
- Lista de verificación para informes -
- Lista de verificación para petición de nueva audiencia -
Solo para uso del Tribunal
Petición del Audio CD en Procedimientos del Tribunal Juvenil
Ley
Reglas del Tribunal
- Reglas para procedimientos de apelación en Utah - (URAP): 1, 2, y 52-59
- Reglas de Procedimientos Juveniles en Utah - (URJP): 52 y 53