- 1025FA
- 1110FA
- 1026FA
- 1028FA
(Se presenta después de hacer la entrega formal)
Formularios opcionales
- 1027FA
(Debe entregar al periódico este formulario si el juez ordena que se haga entrega formal por medio de una publicación.)
Cuando una demanda es presentada ante el tribunal la ley de Utah requiere que el demandante/peticionario deba hacer una entrega formal al acusado/demandado de manera especial para notificarle del caso, proporcione copias de todos los documentos presentados, y conceda tiempo a que se responda a la demanda o petición.
Las Leyes de Utah del Proceso Civil 4(d)(1) - (d)(3) describen las diferentes maneras en que se le puede entregar formalmente a las partes cuando un caso es iniciado.
Algunas veces el demandante/peticionario no puede encontrar al acusado/demandado para hacer la entrega formal, o cree que el acusado/demandado está tratando de evitar la entrega formal.
El demandante debe ser “diligente dentro de lo razonable” para encontrar a la persona, lo que significa que debe tratar de hacer un esfuerzo real. Vea nuestra página Como Encontrar a la Gente para Entrega Formal de Procesos Jurídicos con información sobre maneras para tratar de encontrar a alguien.
Si aun así el demandante/peticionario no pudiera encontrar a la persona, entonces podrá pedir permiso al juez para usar la “entrega formal alternativa”.
El demandante/peticionario puede usar la entrega formal alternativa solo si obtiene primero la autorización del juez. La manera de pedir autorización es presentando una Moción para Entrega Formal Alternativa.
En la moción, el demandante/peticionario debe describir claramente todas las cosas que ha hecho para tratar de encontrar al acusado/demandado para hacer la entrega formal y porque es que sus esfuerzos no dieron resultado.
No es suficiente decir “No sé dónde está él” o “no la he visto en 15 años”. El demandante/peticionario debe tratar de encontrar a la persona.
Este es un ejemplo de las explicaciones de un demandante/peticionario para describir sus esfuerzos:
En la moción para la entrega formal alternativa, el demandante/peticionario debe explicar que métodos él cree que serán los más efectivos para notificar el acusado/demandado del caso en el tribunal.
Una opción es publicar el emplazamiento en la sección de notificaciones legales del periódico una vez a la semana por varias semanas. Esta opción puede ser costosa porque los periódicos cobran por publicar la notificación. Además, puede ser que ésta opción no sea efectiva porque muy poca gente lee las notificaciones legales para ver si alguien pudiera haber presentado una demanda en contra de ellos.
La ley de Utah permite al juez ordenar otros métodos para notificar a alguien, incluyendo:
Si el juez da autorización al demandante/peticionario de usar la entrega formal alternativa, éste deberá leer cuidadosamente la orden del juez para ver que cuales son los métodos que está requiriendo el juez.
El demandante/peticionario solo puede hacer la entrega formal usando los métodos que el juez haya ordenado. Una vez que la entrega formal se ha hecho, el demandante/peticionario deberá presentar comprobante de la entrega formal al tribunal.
Si el juez ordenó entrega formal por medio de |
Entrega formal es |
Para probar que se hizo la entrega formal |
---|---|---|
Envío del documento por correo a la dirección más reciente o a la dirección de alguien más |
Enviar el documento por correo con acuse de recibo a la dirección especificada en la orden |
|
Publicación en la sección de Notificaciones Legales del periódico ordenado por el juez |
Entregar al periódico una copia de la orden de emplazamiento por edicto. El periódico publica la notificación por la cantidad de tiempo que se ordenó. |
|
Publicación en la página de Internet de Notificaciones Legales de la Asociación de Prensa de Utah |
Publicación de la demanda y emplazamiento en la página de Internet de Notificaciones Legales de la Asociación de Prensa de Utah. |
|
Mensaje de texto |
El envío de un mensaje de texto al acusado/demandado notificándole que un caso ha sido presentado, el tribunal donde ha sido presentado, y el número de caso del tribunal (y cualquier otra cosa que el juez haya ordenado) |
|
Mensaje por correo electrónico |
Envío del emplazamiento y demanda o petición a la dirección de correo electrónico del acusado/demandado. |
|
Medios de comunicación social |
Publicación de un mensaje en la página de Facebook de la persona, o enviar un mensaje por medio de Twitter notificándoles de que el caso ha sido presentado, el tribunal donde ha sido presentado, y el número de caso del tribunal (y cualquier otra cosa que el juez haya ordenado). |
|
Si el juez ha ordenado una combinación de varios tipos de entrega formal, el demandante/peticionario deberá proporcionar prueba de que se han hecho cada uno de ellos, pero solo presentaría un formulario de Comprobante de Entrega Formal por Medios Alternativos.
Información sobre la presentación de documentos por correo electrónico en casos existentes