Mediación de divorcio obligatoria
La Sección 30-3-39 del Código de Utah requiere que las partes en un divorcio participen por lo menos en una sesión de mediación, si el demandado ha presentado una respuesta. Para más información acerca de la mediación obligatoria, vea nuestra página sobre Mediación de divorcio.
Solicitud para exonerar una mediación de divorcio obligatoria
Cualquiera de la partes podrá solicitar que se exonere el requisito de mediación, pero se debe demostrar una “buena causa” para hacerlo.
Las razones por las que se puede exonerar a las partes de una mediación varían de un caso a otro y podría incluir el que una o ambas partes no se sientan seguras, ni tampoco con la capacidad de expresarse completamente en el proceso de mediación, y otras razones determinadas por el juez, por el Departamento de Resolución Alternativa de Disputas, (ADR por su siglas en inglés) o por un mediador del tribunal calificado.
¿Quién puede exonerar el requisito de mediación de divorcio obligatoria?
Para casos de divorcio usted puede pedir a las siguientes entidades que exoneren el requisito de mediación:
- el Departamento de Resolución Alternativa de Disputas, (ADR por su siglas en inglés)
- llene éste formulario - Solicitud para exonerar una mediación de divorcio obligatoria Formulario PDF | Formulario electrónico
- envíelo a divorceinfo@utcourts.gov
- el Departamento ADR le avisará a usted y al juez si su solicitud es aprobada
- si su solicitud es denegada, usted todavia puede pedir al juez que le exonere del requisito de mediacióno
- el mediador asignado a su caso
- hable con su mediador sobre su situación
- el mediador le dirá a usted y al juez si su solicitud es otorgada
- el juez (el juez o el comisionado asignado a su caso)
- presente una Moción para exonerar la mediación de divorcio obligatoria que se encuentra disponible al final de la página en la sección Formularios
- si el Departamento ADR deniega su solicitud, usted todavía puede pedir al juez que exonere el requisito de mediación
Cómo pedir que se exoneren otro tipo de mediaciones
La mediación es obligatoria en la mayoría de los casos civiles en tribunales de distrito cuando se ha presentado un “escrito responsivo” tales como una respuesta o una contrademanda a una demanda o petición. El juez puede también remitir a las partes a mediación para intentar resolver asuntos específicos en un caso. La Regla de Administración Judicial 4-510.06 enumera los tipos de casos exentos de la medición obligatoria. Ya sea con una moción propia o con la moción de una parte, el juez podría exonerar a las partes de la participación en el programa de ADR si las partes pueden demostrar una buena causa.
¿Su moción será resuelta por un juez o por un comisionado?
Las mociones resueltas por un juez y las mociones resueltas por un comisionado siguen procedimientos diferentes. Para información sobre la diferencia en procedimientos, vea nuestra página sobre Mociones.
Comisionados
- En los Distritos Judiciales 1, 2, 3 y 4, una Moción para exonerar una mediación de divorcio obligatoria será resuelta por un comisionado. A los comisionados les son asignados la mayor parte de los casos de divorcio y varios de los otros tipos de casos de lo familiar.
Jueces
- En los Distritos Judiciales 5, 6, 7, y 8, una Moción para exonerar una mediación de divorcio obligatoria será resuelta por un juez.
- En todos los distritos judiciales y en todos los otros tipos de casos, un juez se encargará de las Mociones para exonerar una mediación.
Si no está seguro si su caso está asignado a un juez o a un comisionado, investíguelo. Llame al tribunal o lea el encabezado de la demanda o petición. Si el nombre de un comisionado se incluye en el encabezado, la moción muy probablemente será atendida por un comisionado.
Las mociones resueltas por un juez se rigen por el URCP 7. Las mociones resueltas por un comisionado se rigen por el URCP 101.
Formularios
Información sobre la presentación de documentos por correo electrónico en casos existentes
Los formularios que necesita dependen de su caso. ¿De qué se trata tu caso?