Notice: System maintenance will be performed on Saturday, April 27, 2024, from 6:00 a.m. until 1:00 p.m. MST

Some or all areas of the website may be unavailable during this maintenance period.

Órdenes en la separación

Page Menu

Introducción

En algunas circunstancias limitadas, uno de los cónyuges puede solicitar al tribunal de distrito una orden de pensión conyugal, administración y división de bienes y deudas, seguro de cuidados médicos, vivienda, manutención de menores, custodia de los hijos y régimen de visitas sin presentar una solicitud de divorcio. Esto se conoce como petición para órdenes en la separación.

La Sección 30-4-1 del Código de Utah rige las órdenes en la separación.

 

Requerimientos

Usted puede solicitar órdenes en la separación si su cónyuge es residente de Utah y se aplican una o más de las siguientes circunstancias:

  • Su cónyuge le abandonó sin motivo suficiente.
  • Su cónyuge puede proveerle sustento, pero no lo hace.
  • Sin que sea culpa suya, usted vive separado de su cónyuge.
  • Su cónyuge está en prisión por un año o más y no ha hecho nada por usted.

Usted también puede solicitar órdenes en la separación si usted es residente de Utah y su cónyuge tiene propiedades en Utah y no le provee sustento.

Los procedimientos judiciales para las órdenes en la separación son los mismos que  para el divorcio, pero una petición de ordenes en la separación puede ser presentada en cualquier condado donde cualquiera de los cónyuges esté presente

se puede presentar una petición de órdenes en la separación en cualquier condado donde uno de los cónyuges esté presente.

Si fuera necesario, el magistrado podrá hacer cumplir o modificar una orden en la separación. Una orden en la separación termina con la muerte de cualquiera de los cónyuges. Cualquier obligación contenida en la orden termina si las partes prueban una reconciliación voluntaria y permanente.

Formularios

No hay formularios en éste sitio de la red para solicitar órdenes en la separación.